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Friday
Dec242010

Abogado Germán Humberto Rincón P. presentó derecho de petición "novenas de navidad pero sin dinero publico"

Concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública

Entidades estatales no pueden dedicar dineros para novenas de navidad, ni adecuar espacios para celebraciones religiosas, ni obligar a celebraciones de tipo religioso

Encontrándonos en un país de raigambre católico muchas personas llevan a cabo novenas de navidad o ritos relacionados con la época.

El abogado Germán Humberto Rincón Perfetti presentó un derecho de petición y consulta a la entidad estatal encargada de los empleados públicos preguntando sobre algunos temas.

El Departamento Administrativo de la Función Pública mediante concepto aseguro que las entidades “podrán otorgar permiso respectivo a sus funcionarios para rezar la novena de navidad, en la medida en que no interfiera con la prestación del servicio por parte de la institución”, conforme las normas de austeridad en el gasto público “está prohibido a las entidades del Estado la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Erario Público”, “no sería en un principio procedente adecuar de manera permanente espacios para celebraciones religiosas o cultos” y “dicha celebración religiosa no podría imponerse como obligatoria para los servidores de una entidad pública ya que una decisión de tal naturaleza reñiría con el derecho a la libertad religiosa”

El abogado solicitante manifestó: “El único libro sagrado que debemos tener todas las personas en Colombia es la Constitución en la cual se consagró a Colombia como un estado laico, por ello no pueden dedicarse tiempos, ni dineros, ni espacios para rezar novenas de navidad en espacios e instituciones oficiales del orden nacional departamental o municipal, cualquiera que ella sea”

Mayor información:

Germán Humberto Rincón Perfetti 315-3719383 rinconperfettigerman@hotmail.com

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